Noticias | 30 de julio de 2008 | LIBERTAD DE CIRCULACIÓN
El Tribunal de Justicia precisa que la Directiva no exige que el ciudadano de la Unión haya fundado ya una familia en el momento en que se desplaza, para que los miembros de su familia, nacionales de un tercer país, puedan disfrutar de los derechos que dicha Directiva les reconoce.